Derechos básicos para gestores de contenidos e internautas.Categories: Actualidad
La organización sin ánimo de lucro “Periodistas sin Fronteras” ha publicado un manifiesto con los que según ellos son los derechos básicos que deben regir en la Red a los internautas y autores de contenidos.
Un manifiesto en el que han elaborado activamente gestores oficiales de contenidos y ciberdisidentes y que queda de la siguiente manera:
1. Toda ley sobre el tráfico de información en Internet debe fundamentarse en la libertad de expresión tal como se define en el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.
2. Únicamente los internautas deben decidir qué contenidos pueden y quieren consultar en la Red. Es inaceptable el filtrado automático de los contenidos de Internet por parte de gobiernos o empresas privadas. Los filtros únicamente deben ser instalados por los propios usuarios y únicamente en su conexión particular. Toda medida de filtrado a un nivel superior (nacional o incluso local) conculca el principio de la libre circulación de la información.
3. Toda decisión de cerrar un sitio en Internet, incluso uno ilegal, bajo ningún concepto debería ser tomada por la entidad en cuyos equipos esté alojado el sitio ni ningún otro proveedor de servicios de acceso a Internet. Únicamente el juez debe ser competente para prohibir una publicación digital. Por consiguiente, no se debe tener por responsable civil o penal a ningún proveedor de servicios técnicos por cualquier material ilegal colocado en un sitio alojado por ellos, a menos que el proveedor del servicio se niegue a acatar la decisión de un tribunal imparcial e independiente.
4. La jurisdicción en materia civil o penal de todo Estado se circunscribirá a los contenidos alojados en su territorio o específicamente dirigidos a los internautas de dicho país.
5. Se debe reconocer a los autores de publicaciones digitales, entre ellos, a los autores de bitácoras y de sitios personales, la misma protección y la misma condición que a los periodistas profesionales, toda vez que, al igual que éstos, ejercen una libertad fundamental como es la libertad de expresión.
Enlace: Reporters whitout borders.
Noticias relacionadas:
- Los internautas saldrán a la calle para defender la Neutralidad en la Red. La Asociación de Internautas invita a la sociedad civil a...
- La industria de contenidos aboga ahora por limitar “solamente” el ancho de banda Como respuesta a la pirateria, asi lo propone la entidad...
- Europa permitirá la desconexión de internautas sin trámite judicial. El Parlamento Europeo ha alcanzado un acuerdo político que pone...
- Los internautas convocan una manifestación en favor de los La Asociación de Internautas ha convocado una manifestación el próximo...
- Rajoy promete luchar contra el canon y que a ningún internauta se le cortará el acceso por descargar contenidos. El líder del PP promete el todo en uno: eliminar...